1) Actualmente me encuentro en EEUU con un visado E / L, ¿puedo salir del país?
Es posible pero, a fin de evitar restricciones de entrada al retornar a EEUU, lo recomendable es no salir del país. En caso de que el permiso expire próximamente, es posible gestionar la renovación sin abandonar EEUU, ante el USCIS.
2) Actualmente me encuentro fuera de EEUU con un visado E / L, ¿puedo entrar en el país?
Como norma general, procediendo de alguno de los países desde los cuales la entrada a EEUU está restringida (Espacio Schengen, por ejemplo), no. Con todo, desde la semana del 20 de julio ciertos Consulados de EEUU alrededor del mundo (el de Madrid incluido) están expidiendo documentos de viaje que habilitan a su titular para entrar en EEUU si estos acreditan que su trabajo se engloba dentro de un sector estratégico para la economía estadounidense.
Alternativamente, en caso de que una persona se encontrase en un país al que aplicasen restricciones de viaje para entrar en EEUU de forma directa, éste en principio puede entrar en EEUU desde un país sin restricciones de viaje, siempre que hubiera permanecido en él al menos 14 días. Con todo, debido a las dificultades logísticas, y al estar la entrada sujeta a discrecionalidad de las autoridades aduaneras, esta opción solo es recomendable en casos urgentes.
Además de lo indicado hasta aquí, en caso de que el visado expire próximamente, algunos Consulados de EEUU alrededor del mundo (el de Madrid incluido) han empezado a conceder citas ad hoc para aquellos casos que cualifiquen para suponer una de las excepciones previstas en la Proclamación Presidencial 9993.
3) Dispongo de un permiso de residencia permanente (Green Card), ¿puedo entrar en el país o salir de él?
Sí.
4) Me encuentro en trámites de obtención de un permiso de residencia permanente (Green Card), ¿puedo trabajar en EEUU mientras espero la aprobación de la solicitud de la residencia permanente (Green Card)?
Si eres el beneficiario de una petición de tarjeta de residencia con una fecha de prioridad inmediatamente disponible, puedes presentar el formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo (Application for Employment Authorization, por sus siglas en inglés).
Una vez aprobado el formulario I-765 se emitirá un “Documento de Autorización de Empleo”, o tarjeta EAD, el cual te permitirá trabajar en Estados Unidos mientras tu solicitud de residencia permanente “Green Card” se encuentra en trámite.
5) Soy un residente permanente legal y me encuentro fuera de Estados Unidos. ¿Qué debo hacer?
Las restricciones a los viajes de las proclamaciones presidenciales no se aplican a los residentes permanentes legales.
Tenga en cuenta que si un residente permanente legal permanece fuera de Estados Unidos durante más de 12 meses (o tras la validez de un permiso de reentrada obtenido antes de salir de Estados Unidos), perderá su estatus de Residente permanente legal.
De lo anterior, es relevante tener en cuenta el periodo de ausencia previamente referido, ya que si nos situamos en la situación actual (originada por el Covid-19) hay muchas personas que por temor al Covid -19 han regresado a su país de origen, y a pesar de que aún no ha transcurrido el periodo de ausencia de 12 meses, es importante tenerlo en cuenta y así evitar incurrir en un abandono del estado de residente permanente.
A continuación, indicamos otras formas de abandonar el estado de residente permanente:
Puede perder su estado de residente permanente mediante abandono intencional, incluso, pero no limitado a lo siguiente:
- Se muda a otro país con la intención de vivir allí permanentemente;
- Se declara como un no inmigrante en sus declaraciones de impuestos federales,
¿Tienes más preguntas?
No dudes en contactar con el equipo de inmigración de PwC España: Elena Pérez (elena.perez.martin@pwc.com), Estefanía Illán (estefania.illan.manzano@pwc.com) y Juan Simoes (juan.simoes.castan@pwc.com)